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    Abono de Temporada Ski Pirineos

    Rescate en pistas y atención sanitaria

    Términos y Condiciones

    1. A los efectos de las presentes Condiciones Generales, los términos relacionados a continuación, siempre que se transcriban con sus letras iniciales en mayúscula, tendrán el significado que a continuación se les atribuye:

    a) Parte/s: significa ARAMÓN, ASTÚN, CANDANCHÚ y/o el Cliente.

    b) ARAMÓN: significa ARAMÓN MONTAÑAS DE ARAGÓN, S.A. o cualquier sociedad del grupo empresarial ARAMÓN que sea titular o gestione las estaciones de esquí y montaña de Formigal-Panticosa, Javalambre, Valdelinares y Cerler.

    c) CANDANCHÚ: significa EXPLOTACIONES TURÍSTICAS DE CANDANCHÚ, S.A., sociedad titular de la estación de esquí y montaña de Candanchú.

    d) ASTÚN: significa ESTACIÓN INVERNAL VALLE DE ASTÚN, S.A., sociedad titular de la estación de esquí y montaña de Astún.

    e) Cliente: significa cualquier persona que formalice un contrato de compraventa de uno o más Bonos en sus distintas modalidades y que, adicionalmente, puede resultar ser el titular de uno de ellos.

    f) Bono: significa el bono de temporada “Bono Ski Pirineos”.

    g) Tarjeta o Tarjeta Soporte: significa la tarjeta de material plástico que constituye el título habilitante para disfrutar de los servicios y actividades detallados en las presentes Condiciones Generales a resultas de la adquisición un Bono.

    h) Estaciones: significa cualquiera de las estaciones de esquí y montaña de Formigal-Panticosa, Javalambre, Valdelinares, Cerler, Astún o Candanchú.

    i) Temporada o Temporada de Esquí: cada una de las temporadas de esquí que se desarrollan en las Estaciones y cuya duración comprende, aproximadamente, desde el inicio del mes de diciembre de cada anualidad hasta mediados del mes de abril de la anualidad siguiente.

    j) Condiciones Generales: significa las presentes Condiciones Generales de Adquisición y Uso del Bono.

    2. El Cliente (i) declara haber tenido acceso a las presentes Condiciones Generales con carácter previo a la contratación de la asistencia sanitaria de temporada Ski Pirineos por haberle sido facilitadas y/o puestas a su disposición en las páginas web www.aramon.com, www.astun.com y/o www.candanchu.com, en cualquiera puntos de venta y atención al cliente de ARAMÓN, ASTÚN y CANDANCHÚ y/o en las oficinas de ARAMÓN, ASTÚN y CANDANCHÚ (ii) acepta expresamente su incorporación al contrato de la asistencia sanitaria de temporada Ski Pirineos y su sometimiento a las mismas desde el mismo momento de su formalización mediante la contratación de asistencia sanitaria de temporada Ski Pirineos como parte integrante y necesaria de dicho contrato de prestación de servicios.

    3. La asistencia sanitaria de temporada Ski Pirineos del Bono de Temporada Ski Pirineos es un servicio que puede contratarse por el Cliente con carácter complementario a la adquisición del Bono. De conformidad con lo anterior, la duración de esta cobertura del Bono de Temporada Ski Pirineos contratada será la misma que la del Bono, es decir, por toda la Temporada de Esquí para la que se hubiese contratado.

    4. Es condición de validez su contratación en el mismo momento de adquisición del Bono.

    5. El precio de adquisición de la asistencia sanitaria de temporada Ski Pirineos es de cuarenta y nueve euros (49€) IVA incluido.

    6. La asistencia sanitaria de temporada Ski Pirineos incluye:

    Servicio o seguro de rescate en pistas y asistencia sanitaria de urgencia en los términos siguientes:

    - Rescate y primeros auxilios por personal cualificado de las estaciones en aquellas pistas de esquí de las Estaciones que se encuentren abiertas en el momento en que se produzca el accidente.

    - Evacuación al dispensario médico de la Estación y prestación de asistencia sanitaria ambulatoria de urgencia por parte del personal sanitario perteneciente a las Partes o a la entidad con la que las Partes puedan haber subcontratado el servicio o seguro de asistencia sanitaria en pistas.

    - En su caso, traslado en ambulancia hasta el hospital o centro médico más cercano, a criterio del facultativo del dispensario de la Estación.

    El recurso al servicio público de evacuación y transporte sanitario, conforme a las necesidades asistenciales que se requieran en cada caso, se sujetará a las condiciones que pueda fijar en cada momento la Administración Pública titular del servicio.

    7. En caso de un que el titular del Bono Ski Pirineos no contrate asistencia sanitaria de temporada Ski Pirineos o en el supuesto de producirse el accidente en un punto de las Estaciones fuera de pistas, en pista cerrada o bajo régimen especial de acceso, los gastos que ocasione la prestación del citado servicio correrán a cargo del accidentado y le serán facturados por la entidad que presta el servicio en la Estación de que se trate.

    La información sobre los precios y condiciones del rescate en pistas y de la asistencia sanitaria, en caso de no contratar el servicio de rescate en pistas y asistencia sanitaria de temporada, están a disposición de los Clientes y otros usuarios en las páginas www.aramon.com, www.astun.com y/o www.candanchu.com, en cualquiera puntos de venta y atención al cliente de ARAMÓN, ASTÚN y CANDANCHÚ y/o en las oficinas de ARAMÓN, ASTÚN y CANDANCHÚ.

    20072023